Dice Silvio Rodríguez: "Chimenea Histórica, a conservar las fotos, parece que es lo único que quedará.
Una profesional arquitecta, me manifiesta que con ese debilitamiento en su estructura, la chimenea se cae sola."
Yapa:
Fotos: Juanjo García - Facebook.
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Ordenanza 067/93
Artículo 7*.- La Declaración de Monumento Histórico y la Declaración de Lugar Histórico entrañan las siguientes obligaciones por parte de la Municipalidad de Villa Regina:
a).- Colocar en forma permanente placas o señalización adecuada, según corresponda, a los efectos de su puesta en valor, apreciación, comunicación y educación a la comunidad.-
b).- Velar por la seguridad de los bienes objeto de dichas Declaraciones, atendiendo a las condiciones que garanticen su integridad física, su subsistencia, la continuidad de su emplazamiento, su dignidad dentro del contexto que los contiene, y garantizar que se tomen todos los recaudos necesarios al cumplimiento de esos fines.
c).- Proveer al mantenimiento permanente de dichos bienes culturales en condiciones que resalten su significación o simbolismo dentro del patrimonio cultural reginense y que permitan su mejor aprovechamiento por la comunidad.
d).- Proveer a la restauración y/o a los cuidados que fueren necesarios, según el caso de que se trate, a los fines de asegurar que sean subsanados los problemas que afecten a los bienes implicados en las mencionadas Declaraciones a fin de que puedan cumplir las funciones socioculturales que les corresponde. Para el cumplimiento de estas disposiciones se tendrán en cuenta criterios museológicos actualizados.
e).- Garantizar el más amplio acceso posible de la comunidad a la apreciación y disfrute de los bienes culturales objeto de las Declaraciones antedichas.-
Artículo 8*.- En caso que los bienes implicados en dichas Declaraciones se hallaren bajo cualquier título en poder de particulares la Municipalidad convendrá con éstos las condiciones para asegurar en forma irrestricta el cumplimiento del Artículo precedente.-
Artículo 9*.- La Declaración de Monumento Histórico y la Declaración de Lugar Histórico son irreversibles y las obligaciones que las mismas entrañan para la Municipalidad de Villa Regina y para ésta y los particulares a que se refiere el Artículo Octavo son irrenunciables.-
Artículo 10*.- Corresponderá al Museo Comunitario verificar el cumplimiento de la presente Ordenanza y comunicar las anomalías o violaciones de la misma y requerimientos a los organismos municipales correspondientes para que éstos tomen todos los recaudos aconsejables preventivamente y/o las medidas tendientes a la reposición de la situación o estado anterior de los bienes objeto de estas Declaraciones, sin perjuicio de las demás acciones de toda clase que pudieran corresponder.
ORDENANZA Nº: 086/2.006
VISTO:
La Carta Orgánica Municipal; las ordenanzas 30/93 y 67/93; y
CONSIDERANDO:
Que en el año 1932 residían en Villa Regina alrededor de 400 familias de agriculto-res;
Que la zona contaba con una gran variedad de cultivos, predominando las viñas, diversas clases de frutales y el cultivo de tomates;
Que la producción era de tal calidad que motivaba a su aprovechamiento industrial en el lugar de origen;
Que en ese año la firma Torrigiani y Bagliani S.A. formada por los señores Roberto Lanusse, Ernesto Aguirre, Dino Piazza, Felipe Bonoli, Carlos J. Botto, Mario Carnero, Juan Riddel, Genesio Perazzo, Saverio Mazzacurati, y Juan M. Reina, decidió instalar en nuestra ciudad una fábrica de conservas;
Que dicho emprendimiento aportó una fuente de trabajo, en particular con mano de obra femenina, al mercado laboral del momento;
Que ese establecimiento fue el símbolo de la Industria Tomatera Rionegrina siendo la primera en su tipo en toda la Patagonia;
Que el sonido de la sirena de la fábrica, en el comienzo y final de la jornada laboral, era por todos utilizado para conocer la hora exacta;
Que aproximadamente hacia 1943 fue vendida a la firma Fioravanti y Cía. que la explotó por varias décadas;
Que la imponente figura de la chimenea, monopolizó por años el espacio aéreo de nuestra ciudad,
Que con sus 43,50 metros de altura es un referente arquitectónico, verdadero símbolo del quehacer comunitario de otros tiempos;
Que es necesario rescatar y poner en valor la misma, a los fines de preservar nuestra identidad como reginenses;
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE VILLA REGINA, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA:
Artículo 1.- Declarase Monumento Histórico a la chimenea de la antigua Fábrica de conservas ubicada en la parcela designada catastralmente como 06-1-C-270-01. En a-delante será denominada "Chimenea Histórica".-
Artículo 2.- Incorpórase como Anexo I el Informe emitido por el Museo Comunitario de la Municipalidad de Villa Regina .-
Artículo 3.- Regístrese, comuníquese, tomen conocimiento los organismos internos pertinentes, cumplido archívese.-
PROYECTO DE ORDENANZA Nº:087-2006
Sancionado en Sesión de fecha 08-08-06.
UN POCO DE HISTORIA.
La “Chimenea de Fioravanti” como todos los vecinos de Villa Regina la conocen, fue levantada en 1932 –ocho años después del nacimiento de la Colonia Regina– cuando se construyó la primera fábrica de conservas de tomates, a partir de un proyecto de la sociedad anónima Torrigiani y Bagliani, formado por los Sres. Roberto Lanusse, Ernesto Aguirre, Dino Piazza, Felipe Bonoli, Carlos J. Botto, Mario Carnero, Juan Riddel, Genesio Perazzo, Saverio Mazzacurati y Juan M. Reyna, quienes ya tenían emprendimientos similares en otros puntos del país: dos funcionaban en Colonia Alvear (Mendoza), una en las proximidades de Quilmes (Bs. As.) y otra en San Pedro (Jujuy).
La construcción fue hecha en 1932 por el Sr. Martignone y la primera elaboración de conservas se realizó en 1933, utilizándose 2.500.000 kgs. de tomate.
Aproximadamente hacia 1943 la fábrica fue vendida a la firma Fioravanti y Cía que la explotó durante varias décadas.
En los últimos tiempos pasó a propiedad del Sr. Miguel Fernández y finalmente a la empresa Servicios Vertúa S.A. quien utiliza sus instalaciones como depósito de materiales, maquinaria y automotores, entre otras cosas, hasta que el año pasado decidió demoler todo el edificio y solo dejar en pie la chimenea.
La “Chimenea de Fioravanti” fue declarada Monumento Histórico por la Ordenanza 086/06 sancionada por el Concejo Deliberante el 14 de agosto de 2006.
La “Chimenea de Fioravanti”, es un elemento de gran valor arquitectónico e identitario para nuestra localidad. Con sus 43,50 metros de altura simboliza el quehacer comunitario de Villa Regina.
DE LO PUBLICADO EN EL REGINENSE - SOY REGINENSE.
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