EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE VILLA REGINA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
ARTÍCULO Nº 1: Autoricese al Poder Ejecutivo Municipal a travez de la Autoridad de Aplicación que designe, a recibir de Personas Físicas o Jurídicas ya sean públicas o privadas. Carteleria de señalización para calles ,avenidas y todo tipo de circulación vial. Así como los materiales para su fabricación y mantenimiento permitiendoles como contraprestación colocar Publicidad estatica en los mismos.-
ARTÍCULO Nº 2: Exeptuece del pago de Tasa de Publicidad y Propaganda a quienes publiciten en la carteleria antes mencionada.
ARTÍCULO Nº 3: Los carteles nomencladores deberan cumplir con las especificaciones técnicas y normativas que la Autoridad de aplicación solicite conforme las reglamentaciones que en esta materia esten vigentes.
ARTÍCULO Nº 4:.Regístrese, comuníquese, tomen conocimiento los organismos internos pertinentes, cumplido archívese.-
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