jueves, 20 de junio de 2019

De los usos de la Bandera de la Patria Mía.


1). La bandera NO puede quedar izada durante la noche. 
2). Por duelo nacional y provincial, la Bandera se debe izar hasta el tope y luego descenderla hasta media asta; y para arriarla se procede de la misma manera. 
3). NO se puede estampar sobre la Bandera leyendas o alegorías, sólo se lo puede realizar sobre su corbata.
4). El 25 de Mayo y el 9 de Julio la Bandera debe ser izada siempre hasta el tope, aún en período de duelo.
5). Las Banderas de establecimientos particulares NO pueden llevar el sol; y en los actos escolares deben ingresar antes que la Bandera del establecimiento. 
6). La Bandera deberá colocarse en la cuja cuando se desfila ante una autoridad y en el momento de pasar frente a un féretro. 
7). En los oficios religiosos de campaña o en los Templos se colocará la Bandera en la cuja durante la consagración y en todas las actividades de bendición. 
8). La Bandera en desuso, por ser símbolo sagrado, debe ser quemada por el Director del Establecimiento, ya que está prohibido darle otro uso, y se realizará un acta firmada por este y dos testigos.

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