jueves, 19 de octubre de 2023

¿Cuáles son las restricciones para las elecciones del domingo 22 de octubre?

 

Por las elecciones que se llevarán a cabo este domingo 22 de octubre, el Código Electoral Nacional establecido por la Ley 19.945 en su capítulo II establece las penas que se aplicarán por delitos electorales, además de las restricciones para realizar actividades deportivas, recreativas y artísticas.

En cuanto a los delitos electorales la ley establece penas de prisión de 1 a 3 años para aquellas personas que no permitan a otras ejercer un cargo electoral o el derecho al sufragio, con violencia o intimidación, aquellas que fuercen a una electora o elector a votar de manera determinada, a quienes priven de la libertad a una electora o elector para imposibilitar el ejercicio de un cargo electoral o el sufragio, antes o durante las horas señaladas para la elección.

Del mismo modo está prohibida la suplantación de una electora o elector, la votación más de una vez en la misma elección o de cualquier otra forma emitan su voto sin derecho. En tanto está prohibido que se sustraigan, destruyan o sustituyan urnas utilizadas en una elección antes de realizarse el escrutinio, boletas de sufragio desde el momento en que estas fueron depositadas por las electoras y electores hasta la terminación del escrutinio, y las boletas del cuarto oscuro antes de la emisión del voto.

También está prohibida la falsificación, sustracción, destrucción, alteración y ocultamiento de listas de sufragios, del acta de escrutinio o que por algún medio hagan imposible o defectuoso el escrutinio de una elección o que adultere el resultado del mismo.

Por otra parte, se establecen penas de prisión de 2 meses a 2 años a quienes con engaños indujeran a otros electores a votar de determinada forma o que se abstengan de hacerlo; mientras que las penas de prisión serán de 3 meses a 3 años a quienes violen el secreto del voto.

A los electores que revelen su voto al momento de emitirlo, les cabe la pena de prisión de 1 mes a 18 meses, y a quienes falsifiquen un padrón electoral y retengan a otras personas sus documentos. Las penas serán de 6 meses a dos años, a quien obstaculice, demore o detenga el transporte de documentación electoral una prisión de 6 meses a 2 años, mientras que quienes priven de los derechos políticos podrán recibir una pena de 1 a 10 años.

Prohibiciones del día de la elección

El Código Electoral Nacional prohíbe expresamente realizar el día de la elección y hasta tres horas después de finalizado los comicios:

  • Reuniones de electoras y electores o depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de la mesa receptora de votos.
  • Espectáculos, fiestas teatrales, deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.
  • Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.
  • Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
  • A los electoras y electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
  • Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.
  • Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.

Espectáculos y actividades deportivas.

Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, las fiestas teatrales, deportivas y toda reunión pública que no se refieran al acto electoral, están prohibidas durante su desarrollo y hasta tres horas después de finalizado.

Venta de bebidas alcohólicas.

Está prohibida la venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas desde las 20:00 horas del día anterior a la elección y hasta tres horas después de finalizado el acto electoral. Los negocios que venden alcohol durante ese período deben permanecer cerradas. A quien durante ese período venda bebidas alcohólicas le corresponde una pena de prisión de entre quince días y seis meses.

Fuente de información: Municipio de Villa Regina.

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