jueves, 30 de noviembre de 2017

Endurecen la ley contra el alcohol al volante: el límite será de 0,2 gramos.-

Los conductores rionegrinos que hayan consumido alcohol serán sancionados y se les prohibirá continuar al volante. La norma, que deberá ser reglamentada, quedó sancionada ayer con el voto unánime de la Legislatura provincial.
El texto -autoría de la parlamentaria oficialista Silvia Paz- establece la prohibición en todo el territorio para conducir cualquier tipo de vehículo o medio de transporte sin licencia especial correspondiente ante impedimentos físicos o psíquicos, con tasa de alcoholemia superior a cero gramos de alcohol en sangre o bajo efectos de estupefacientes o psicotrópicos.
La iniciativa contempla un leve margen de hasta 0,2 gramos, que se vería superado con una copa de vino o de cerveza, pero que podría permitir la ingesta de un bocadito con alcohol, o algún helado o postre con bebidas como ingredientes. Con ese límite no se instruirá sumario por parte de las autoridades intervinientes.
Tales prohibiciones serán sancionadas con las multas previstas como agravantes de las faltas graves de la Ley 2942, aunque los montos deberán ajustarse con la posterior reglamentación. La nueva norma ordena al Ejecutivo que inicie una fuerte campaña de difusión y divulgación de sus alcances. Una vez promulgada el gobierno deberá reglamentarla en 30 días para su entrada en vigencia.
En sus fundamentos, la ley destaca que la Organización Mundial de la Salud determinó que los riesgos al conducir habiendo consumido alcohol se incrementan sensiblemente.
“Beber y conducir son acciones incompatibles y el consumo de alcohol, aún en cantidades reducidas, conspira con el alta grado de concentración, reacción, control y percepción que requiere la actividad”, afirma.
El mismo organismo de la Naciones Unidas expresó que “por debajo de 0,2 gramos por litro de sangre no será pasible de acción sancionatoria, poniendo un resguardo legal para proteger a los señalados como errores en la medición, mal funcionamiento de los equipos o consumo de medicamentos o alimentos.
Los conductores no podrán negarse a realizarse el control por parte de la autoridad de aplicación, que es la Policía provincial.
Publicado en Diario "Río Negro", 30/11/2017.-

No hay comentarios:

Publicar un comentario