jueves, 15 de octubre de 2015

La fiebre por el oro negro: Parte I.

El miércoles 23 de septiembre el gobierno de la Provincia de Río Negro informó que realizó un llamado a concurso público nacional e internacional para la adjudicación de permisos deexploración y eventuales concesiones de explotación, transporte y comercialización de hidrocarburos que incluye el ejido de Villa Regina (1218.68 km2), entre otros.
“Hay que tener en cuenta que son áreas de exploración, es decir el permiso que se le da a las empresas que lo piden para empezar a investigar si en esta zona de la provincia hay reservorios lo que no implica que mañana empiecen a sacar”, explicó el gobernador Alberto Weretilneck en declaraciones brindadas durante el acto de egresados de la escuela de policía de Villa Regina y aclaró que el área en cuestión va desde la barda norte hasta el río Colorado. “No estamos hablando de ningún área que tenga que ver con los valles”, dijo, dejando entender que la potencial extracción no afectaría (en potencial) las tierras cultivadas.
Ahora bien, si se mira con detalle el mapa que distribuyó el gobierno junto con la “buena nueva”, la denominada “área Villa Regina” abarca desde Ingeniero Huergo hasta Chichinales, de este a oeste y desde el río, al sur, se extiende hacia el norte abarcando todo el valle. O sea que, a menos que el gráfico haya sido elaborado por un funcionario voluntarioso  con mal manejo de Paint, estamos enmarcados dentro de un área de explotación. Si bien en la publicación no se especifica el método extractivo (por medio de fracking o convencional) hay experiencias de fractura hidráulica en la zona de Allen donde, desde la ruta 22, se pueden ver las torres entre los montes frutales. La instalación pozos en dicha localidad rionegrina generó un fuerte debate entre organizaciones ambientalistas y vecinos de la zona con el gobierno. En Villa Regina se realizó una extensa jornada de concientización en la Universidad Nacional del Comahue pero no tuvo gran repercusión social ni mediática. Tal vez porque el fracking estaba golpeando en la puerta de otras localidades.
En dicha oportunidad, el gobernador Alberto Weretilneck dijo, en una entrevista brindada al diario Río Negro y publicada en 23 Agosto de 2013 que “mientras haya controles serios por parte del Estado no hay que tenerle miedo (…) el problema del fracking es fundamentalmente la captación y la devolución del agua que se utiliza. Mientras uno garantice que en la captación no va a haber inconvenientes con el abastecimiento de las poblaciones ni va a haber inconvenientes con los productores, no hay ningún problema. En lo que es la devolución obviamente lo que hay que controlar es que toda el agua que se devuelva no afecte ni napas ni cursos de agua”.
Además de la discusión sobre el impacto ambiental de una actividad que utiliza grandes volúmenes de agua mezclada con químicos, el debate giró en torno a la actividad productiva: Fruticultura o petróleo por un lado y fruticultura y petróleo por el otro. Weretilneck dejó clara su postura en la nota citada: “No tenemos que caer en la falsa discusión sobre si una actividad económica tiene que suplementar a otra. Es posible, si somos responsables, que las distintas actividades económicas convivan sin afectarse unas a otras”, afirmaba el  gobernador y agregaba para tranquilidad de los valletanos: “Por supuesto que nosotros siempre vamos a privilegiar a la fruticultura porque es la que genera los puestos de empleo y es la actividad madre de la provincia”.
Según la Real Academia Española, convivir significa vivir en compañía de otros, o sea, juntos. Pero para llegar a esta conclusión habría que realizar un análisis completo de los factores que inciden en esta convivencia teniendo en cuenta no sólo los ambientales, como lo hace el argumento sesgado del Gobernador, sino también económicos y sociales. Por ejemplo, en el contexto actual considerar la baja rentabilidad de la fruticultura y los altos salarios que paga el petróleo, entre muchos otros.
Regina: municipio anti fracking
2013 dejó en Villa Regina una ordenanza municipal (124/2013) aprobada por unanimidad el 21 de octubre, y todavía vigente, donde el Concejo Deliberante declara “con fuerza de ordenanza” “prohibir la actividad de explotación y exploración no convencional de gas y petróleo (fracking) en el Ejido Municipal de Villa Regina, ya que la misma no se encuentra reglamentada y no se cuenta con una estructura con la capacidad que permita tener un control estricto del desarrollo integral de esta práctica”.  En este caso, la Dirección de Medio Ambiente de la Municipalidad de Villa Regina será el órgano de control y el encargado del cumplimiento de la norma.
Entre los fundamentos, la normativa municipal recuerda que la Ordenanza N° 66/2009 “en su artículo 4 dice: Prohíbase la introducción en el ambiente de cualquier agente contaminante físico, químico o biológico), que puedan alterar la calidad de los recursos naturales y sus características físico, químico y/o biológicas normales, provocar daños irreversibles o no, en el medio, afectar a la salud humana, la flora, la fauna, los recursos naturales y otros bienes”.
Además explica que “la extracción de gas mediante “fracking”, requiere para cada perforación una cantidad de 200.000m3 de agua para la fractura hidráulica, siendo el agua un recurso no renovable y escaso en el mundo. En un solo pozo se inyectan entre 9 y 29 millones de litros de agua mezclados con otros que contienen las sustancias químicas. (En esta técnica de extracción se utilizan 500 sustancias, entre los que figuran 17 tóxicos para organismos acuáticos, 38 tóxicos agudos, 8 cancerígenos probados, 7 elementos mutagénicos etc. (ácidos, antioxidantes, bicidos, benceno, xileno, disulfiro de carbono, compuesto de piridina, etc.). Una vez terminada la fracturación se recupera solamente el 10 por ciento de todo el líquido inyectado” sin certezas de cuál es el destino del agua contaminada que queda en las profundidades (…). “No hay garantía de que estos líquidos permanezcan confinados y no se comuniquen con el agua de consumo; que en aguas superficies y subterráneas; la extracción genera cantidades de residuos”, asegura el texto.
Los considerandos de la Ordenanza finalizan con afirmando: “Nuestro Concejo Deliberante resulta competente para dictar las normas ambientales complementarias de los presupuestos mínimos de protección que resulten coadyuvantes para la conservación de su medio ambiente, de su paisaje, de su estructura sociológica y de su propio y particular estilo de vida, así como de los recursos naturales que aprovechan sustentablemente sus habitantes sin perturbar las actividades de sus vecinos, de las comunidades aledañas ni los derechos de las generaciones futuras”.
Se destaca el uso del adjetivo posesivo su que se basa en la idea que es el mismo habitante, el vecino, el que sufre o disfruta de su entorno el que tiene (o tendría) que decidir qué hacer con medioambiente inmediato.  Se denomina “licencia social” a este concepto un tanto difícil de medir mediante el cual se le otorga a un proyecto el consenso para llevarse a cabo.
Sin embargo, la provincia considera que los municipios no tienen potestad para regular en materia medioambiental. Esto quedó claro cuando en agosto se aprobó una ordenanza que prohibía el fracking en Allen. Weretilneck lo anticipó ese mismo mes en la entrevista con Río Negro: “La materia ambiental es exclusiva de la provincia, no es materia municipal. Los municipios no están facultados por la Constitución Provincial para regular materias ambientales, la que regula esto es exclusivamente la provincia. Podrá haber ordenanzas, opiniones, las respetamos y valoramos, pero la materia ambiental es provincial por lo tanto lo que va a predominar en este tipo de situaciones es la legislación provincial y las facultades de la provincia”.
En noviembre, tres meses después, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia, en la causa “provincia de Río Negro contra municipalidad de Allen sobre conflicto de poderes”, dejó zanjado el asunto al declarar la inconstitucionalidad de la ordenanza que prohibía la utilización del método de fractura hidráulica para la extracción de hidrocarburos en la localidad. En la sentencia los magistrados consideraron que la provincia tiene “competencia exclusiva” para legislar en materia hidrocarburífera.
Frente a estos conflictos de intereses ¿Se abrirá el debate?
“¿Usted asegura que el Estado está en condiciones de garantizar los controles?”, preguntó el periodista de Río Negro, Diego Von Sprecher. “El Estado está en condiciones y si no está en condiciones lo haremos estar en condiciones. Pero lo que sí está absolutamente claro es nuestra responsabilidad en el control del medio ambiente y de los cursos de agua“, respondió Weretilneck.

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