COVID-19: nuevo esquema de restricciones y excepciones hasta el 20 diciembre.
La Provincia de Río Negro determinó la habilitación de nuevas actividades en el marco del nuevo estatus sanitario dispuesto por el gobierno nacional, el cual implica el ingreso a fase de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO) en toda la provincia, con excepción de Bariloche y Dina Huapi.
Estas disposiciones se mantendrán hasta el 20 de diciembre, inclusive.
Quedan prohibidas las siguientes actividades:
- Eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de 20 personas en espacios cerrados. La misma limitación regirá en espacios al aire libre si se trata de espacios privados de acceso público y de los domicilios de las personas, salvo el grupo conviviente. La infracción a esta norma deberá ser denunciada por la autoridad interviniente con el fin de que la autoridad competente determine si se hubieren cometido los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación.
- Eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia mayor a 100 personas. En ningún caso, podrá realizarse este tipo de eventos entres las 00:00 y las 6:00.
- Práctica de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de dos metros entre los y las participantes.
- Cines, teatros, clubes y centros culturales.
Quedan habilitadas las siguientes actividades:
- Restoranes, bares, confiterías y locales similares, podrán funcionar de lunes a domingo hasta la 1:00. Los protocolos sanitarios específicos para dichas actividades deberán propender a disminuir el aforo en espacios cerrados y privilegiar la utilización de espacios al aire libre, con estricto control del resto de las acciones preventivas establecidas para prevenir el contagio del COVID-19.
- Ingeniero Huergo
Por su parte, en el caso de Ingeniero Huergo se establecieron las siguientes modificaciones:
- Actividades artísticas y deportivas: en tanto se cumpla con las reglas de conducta y siempre que no implique una concurrencia superior a 10 personas cuando se realicen en lugares cerrados.
- Culturales, sociales, recreativas y familiares: con un máximo de 20 personas en espacios cerrados.
- Eventos culturales: realización de eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia menor a 100 personas.
- Deportes: práctica de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen 10 personas como máximo, manteniendo el distanciamiento de 2 metros entre los participantes.
- Restoranes, bares y cafés: será de 8 a 3 horas. La atención será en mesas priorizando la utilización de espacios al aire libre y respetando la cantidad de comensales autorizados dentro del espacio cerrado de acuerdo a protocolos vigentes.
- Habilitación canchas de fútbol 8: será de 9 a 24 horas.
En el caso de Villa Regina aún no se informó si habrá nuevas excepciones.
Publicado en Periódico "La Comuna de Villa Regina".
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