jueves, 18 de junio de 2015

Formalizan medidas de alivio a la producción y actividades conexas. La Agencia de Recaudación tributaria prorrogó pagos hasta el año próximo de Ingresos Brutos para sectores ligados al complejo frutícola en todos los valles.

La Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro (Artrn) dispuso eximir de impuestos a sectores ganaderos, y prorrogó pagos hasta el año próximo de Ingresos Brutos para sectores ligados al complejo frutícola en todos los valles irrigados de la provincia. La resolución 569 libera de cargas en un ciento por ciento a los productores afectados por la Emergencia o Desastre Agropecuario por Sequía del pago de las cuotas 3/2015 a 2/2016 del impuesto Inmobiliario (inmuebles subrurales) y cuota única 1/2015 (inmuebles rurales), cuotas 3/2015 a 2/2016 del impuesto a los Automotores y en el impuestos de Sellos para los actos, contratos u operaciones; cuyos vencimientos hayan operado desde el 22 de abril pasado y se extiendan hasta el 21 de abril del año próximo.
Comprende a las actividades agropecuarias que se encuentren en los departamentos General Roca, El Cuy, Valcheta, San Antonio, 9 de Julio, 25 de Mayo, Ñorquinco y Pilcaniyeu. Corresponden a los efectos del Inmobiliario los departamentos Roca, Valcheta, San Antonio, 9 de Julio, 25 de Mayo, Ñorquinco y Pilcaniyeu.
El beneficio se extiende para los propietarios de campos en relación al pago de patentes. Se incluyen las exenciones para las patentes de camionetas, camiones y motos. Por otro lado, el ente recaudador prorrogó por resolución 577 el pago de anticipos 5/2015 a 10/2015 correspondientes a Ingresos Brutos para quienes tienen su asiento principal de actividades -como sujetos económicos del complejo frutícola- en los departamentos Roca, Avellaneda, Alsina, Pichi Mahuida, El Cuy y Conesa.
En estos sectores se declaró el Estado de Emergencia Económico y Social. Esta franja de contribuyentes podrán cancelar los importes resultantes de las declaraciones juradas sujetas a prórroga mediante un plan de facilidades de pagos de hasta 60 cuotas mensuales y consecutivas con una reducción del 50% de la tasa vigente para los intereses de financiación.
La norma suspende el inicio de acciones prejudiciales y judiciales, y prosecución de las que estuvieren en trámite para el cobro de gravámenes adeudas por los contribuyentes.
Publicado en Diario "Río Negro", 18 de Junio de 2015.

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