Tras fijar la obligatoriedad de uso de barbijos o protectores faciales, el municipio de Chichinales determinó que las personas que no los utilicen no podrán ingresar a los comercios de la localidad.
La reglamentación la dio a conocer este martes del municipio local a partir de la difusión de los decretos 8 y 9/2020 que llevan la firma del intendente Alberto Pacenti.
En el primero, el municipio adhirió a la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 26 de abril, en tanto que con el segundo determinó la obligatoriedad de uso de los barbijos, tapabocas o protectores faciales para el desplazamiento de los vecinos dentro de la localidad.
"Se establece el uso obligatorio de protectores faciales, incluidos los de fabricación personal, a todas las personas que circulen por la vía pública en los casos de desplazamientos mínimos e indispensables para la vida diaria y para aquellas personas que desarrollan actividades permitidas en el marco de la cuarentena. Esto contempla las dependencias públicas, oficinas privadas y locales comerciales", establece el decreto 9/2020 firmado por el intendente de Chichinales.
Al mismo tiempo la normativa prevé que "los comercios deberán impedir el acceso a sus locales a quienes no lleven colocado el protector facial, bajo apercibimiento de aplicación de sanciones".
Publicado en Diario "Río Negro", 14 de abril del 2020.
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