Artículo 175.- “El gobernador y el vicegobernador pueden
ser reelectos o sucederse recíprocamente por un nuevo período y por una sola
vez.”
Esto significa que en el caso de
Soria/Weretilnek –si Soria seguía vivo-podían darse estas situaciones: 1)
Repetían la fórmula a los cuatro años postulándose para un nuevo período
Soria/Weretilnek o 2) Weretilnek/Soria por otros cuatro años. Dándose en estos
supuestos el cierre de la frase: “por una sola vez”.
“Si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente, no pueden
ser elegidos para ninguno de ambos cargos sino con un período de intervalo.”
Como no fueron reelectos en ninguna de las dos
posibilidades Soria/Weretilnek ni se han sucedido recíprocamente
Weretilnek/Soria no hay período de intervalo ninguno.
El 175 cubre las posibilidades de los dos
integrantes de la fórmula o la de cada uno de ellos individualmente
Soria se murió electo gobernador, Weretilnek electo
vice-gobernador lo sucedió, cumpliendo la obligación del art.180 inciso 2: ”En
caso de fallecimiento…del gobernador antes o después de su asunción..,
lo reemplaza el vicegobernador hasta el término del mandato…” es decir
que Weretilnek electo vice gobernador lo reemplazó después de la asunción y
como vicegobernador a cargo de la gobernación por muerte del electo gobernador
terminó su mandato en tal carácter electo vice gobernador.
Finalizado el mandato de Soria reemplazado por
muerte por su Vice Weretilnek, Weretilnek se postuló para gobernador por
primera vez, mandato que culmina en 2019.
Ergo Weretilnek ahora se postula con
aspiración a ser electo para su segundo mandato como Gobernador.
¿Cómo interpretaría la norma, aquel que no esté
de acuerdo con lo por mi formulado, si Susana lo mataba a Carlos 25 días antes
de la finalización del mandato?
Creo que hubiera respetado mi opinión…ergo el
problema no es el 175, el problema para todo Sorista es que Weretilnek no
reemplazó a Soria por 25 días, el problema es que Weretilnek lo reemplazó por
tres años y trescientos cuarenta días y esto no lo pueden soportar…
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