COMIENZAN LAS INSCRIPCIONES
PARA LAS 30 VIVIENDAS.
El intendente Miguel Martinez se reunió este mediodía en Viedma con el Agr. Jorge Barragan interventor del Instituto Planificación y Promoción de la Vivienda de Rio Negro (IPPV), la misma fue para programar el inicio a las inscripciones para las viviendas que realizaran en el edificio municipal los días 15, 16 y 17 de noviembre el de 9:00 a 18:00 hs y el 18 de noviembre de 9:00 a 12:00 hs.
Los requisitos dispuestos por el IPPV para la inscripción son los siguientes:
1- Los titulares de la inscripción deberán ser en todo los casos los jefes de familia del grupo que se postula.
2- Constituir un grupo familiar estable de personas convivientes, en el que por lo menos dos de las que la componen estén unidas entre si por lazos matrimoniales (legales o consensuales) o consanguíneos, en línea ascendente, descendente o colateral de primer grado, constituyendo una unidad comunitaria de consumo.
• En el caso de los titulares unidos de hecho, sin hijos, se deberá acreditar una convivencia mínima de 2 años con anterioridad a la inscripción.
• Personas solas (solteras, viudos o divorciados) sin familiares a cargo de 25 años y menores de 60 años de edad.
3- Poseer el /los solicitantes Documento de Identidad Argentino.
4- Tener más de 21 años de edad o en caso de ser menor deberá acreditar emancipación y/o habilitación de edad.
5- El titular/es y su grupo familiar no deberán poseer ni haber poseído en los últimos dos (2) años, bienes inmuebles o muebles registrables, siempre y cuando los mismos no constituyan herramienta de trabajo y no superen el precio de la vivienda a adjudicar. También se exceptúa aquellos propietarios cuya vivienda no reúnan las condiciones mínimas de la habitabilidad y necesite mejorarla.
6- No haber resultado, beneficiario en la adjudicación de viviendas construida por el Estado. Se exceptúa a aquellos que habiendo sido solo integrantes de un grupo familiar beneficiado y han constituido nuevo grupo familiar independiente al anterior y aquellos que acrediten e forma fehaciente haber renunciado a la adjudicación y que dicha renuncia haya sido aceptada por el organismo competente, mediante el acto administrativo correspondiente y que hayan transcurrido 2 años de la fecha de emisión.
7- El solicitante/s deberá residir en la localidad y acreditar mínimo siete (7) años certificables de residencia en la ciudad de Ingeniero Huergo.
Las personas que deseen inscribirse deberán presentarse muñidos de la siguiente documentación:
a) Documentos personales del solicitante y de la totalidad del grupo familiar conviviente (LE, LC, DNI, CI) – fotocopia de la partida de nacimiento del grupo familiar.
b) Declaración jurada de convivencia ante Organismo competente para los casos de unión de hecho y/o fotocopia de la libreta de matrimonio.
• Declaración jurada ante Organismo competente, especificando el vinculo con el titular de la inscripción y constancia del tiempo de convivencia.
• Tenencia judicial o cualquier otra documentación que acredite la tenencia, cuando se trate de menores de edad.
c) Para los trabajadores en relación de dependencia, y que perciban sus haberes en forma mensual deberán presentar los últimos 3 recibos de haberes, esta exigencia se extiende a todas las personas que trabajen en el grupo familiar y certificación laboral.
• Para aquellos trabajadores que perciban los haberes quincenalmente, presentar los dos recibos del mes indicado. Para el caso de los trabajadores autónomos o independientes deberán presentar la inscripción ante el organismo tributario correspondiente, donde conste ocupación e ingresos promedio mensual, N° CUIT si corresponde y/o N° CUIL presentando los tres (3) últimos aportes y declaración jurada de ingresos.
d) Los postulantes que alquilen vivienda deberán presentar fotocopia del último recibo de alquiler y del contrato de locación si existiere, en caso ocupantes en relación de dependencia y viviendas cedidas, presentar la documentación que posean.
e) Presentar certificados medico expedidos por Instituciones de Salud Publica (Hospital, Centros Periféricos, etc.) Para los siguientes casos.
• Discapacidad física o mental de jefe de familia o cualquier integrante del grupo familiar.
• Deberá completar documentación complementaria exigida por el Consejo Provincial del Discapacitado (Ley N° 2055 Art. 53).
• Cuando exista embarazo de más de tres meses.
Fuente de información: Prensa de la Municipalidad de Ing. Huergo.
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