miércoles, 12 de marzo de 2014

En Godoy rige franquicia horaria para la actividad gremial.

En la ciudad de General Enrique Godoy, los agentes municipales que sean electos delegados del personal en los términos de la Ley 23.551, de franquicias horarias, se encuentran habilitados en el ámbito local para hacer uso del crédito de horas retribuidas para el desarrollo de las tareas gremiales, de acuerdo al procedimiento y con las limitaciones establecidos en una ordenanza del Concejo Deliberante.
La ordenanza 953/13, publicada el lunes en el boletín oficial provincial, estipula que cada uno de los gremios reconocidos en la Municipalidad local deberá comunicar al intendente el nombre de los elegidos como delegado que tendrán uso de la franquicia, consignando el período completo de su mandato.
La franquicia con crédito de horas retribuidas se fijó en un máximo mensual de 15 horas laborables no acumulables.
La norma local alude a la ley Nacional 23.551, que prevé para los delegados del personal en la empresa, el “uso de franquicias horarias en horario de trabajo para el ejercicio de su actividad gremial”.
Se consideró que “en el empleo público municipal, no existe regulación del ejercicio de dicho derecho gremial de parte de los delegados del personal en la empresa y que “tal régimen amerita una reglamentación que, sin desnaturalizarlo, brinde certeza sobre sus pormenores y detalles, tales como: cantidad del crédito de horas, modalidad del contralor por parte del municipio del uso de las franquicias, cantidad de delegados legitimados para hacer uso del crédito”.
 
Fuente de información: ADN Río Negro.

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