viernes, 14 de abril de 2023

VEDA ELECTORAL; QUE SE PUEDE Y NO HACER.

 

La de este fin de semana será una elección en la que se elegirán autoridades municipales y provinciales, por lo cual la injerencia será del Juzgado Electoral del Poder Judicial. El cual se basa en la Ley O 2431 – Código Electoral y de Partido Políticos, sobre la cual se establecen ciertas normas interesantes a saber y repasar.


INICIO DE LA VEDA ELECTORAL
La prohibición de realizar actos o reuniones públicas con finalidades proselitistas expresas o encubiertas y la publicidad partidaria emitida por medios escritos, radiales, televisivos o cualquier propaganda proselitista desde 32 horas antes de iniciar los comicios. Es decir, a las 24:00hs del día viernes 14 de abril


ENCUESTAS, SONDEOS Y BOCA DE URNAS.
Las encuestas y sondeos de día de la elección, comúnmente conocidas como boca de urna podrán realizarse en la medida en que no se constituya en un factor de perturbación a la libre circulación de electores en las proximidades a los establecimientos de votación.
Estas no podrán difundirse hasta 1 hora después de cerrados los comicios, siendo plausible de multas que en caso de reincidencia se duplican.


COMERCIOS GASTRONOMICOS, DE DIVERTIMENTO Y FIESTAS PRIVADAS.

Los casinos, lugares bailables podrán funcionar hasta las 24:00hs del día sábado 15 de abril. Pudiendo reabrir sus puertas 3 horas después de finalizado los comicios. Es decir a las 21 horas del domingo 16 de abril.
Estarán habilitados para su apertura y funcionamiento los restaurantes, casas de comidas, confiterías y afines; con la expresa prohibición de expender bebidas alcohólicas hasta tres horas de culminado el comicios.
Se prohíben los espectáculos populares al aire libre o recinto cerrado, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas durante las horas de los comicios.

Para toda la comunicación o autorización referida a la celebración de fiestas o eventos particulares, deberán ser efectuadas ante el Juzgado de Paz de la localidad, Facultándose a los Jueces de Paz para que se expidan en consonancia con los dispositivos contenidos.


Ley O 2431 – Código Electoral y de Partidos Políticos ►VER

PUBLICADO EN INFOREGINA.

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